A- de 2000
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Lilia Ines Quintero De Hurtado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inaplicación para el caso
- Exceso en la potestad reglamentaria
- Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se remitió el expediente de la referencia al Juzgado competente para que realice el trámite a la tutela impetrada por la accionante contra la Nación - Presidencia de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Director del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
La Corte consideró que el conflicto debe ser dirimido por el juzgado en mención porque el asunto ya había sido resuelto anteriormente por la Corte Suprema de Justicia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. No aplicar el articulo 1o, numeral 1o del Decreto 1382 de 2000.
- Segundo. Declarar que, de acuerdo con el conflicto planteado, el Juzgado 3o Penal del Circuito de Medellin era competente para conocer, en primera instancia, el proceso de tutela de la referencia y, por lo tanto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin debe resolver la impugnacion presentada contra la Sentencia de tutela proferida por dicho Juzgado.
- Tercero. Ordenar a la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin revocar, en lo referente a la accionante, el auto de junio 20 del presente ano y, en su lugar, resolver la apelacion interpuesta.
- Cuarto. Remitir, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente al Tribunal Superior de Medellin, para lo de su competencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.